27 septiembre 2019

Quart de Poblet, 27 de septiembre 1975.





A principios del otoño de 1975 el mundo se dividía en los dos grandes bloques que separaba el Muro de Berlín. El Presidente de los EE.UU, después de la forzada dimisión de Nixon, era el republicano Gerald Ford; Leonid Brézhnev lideraba la URSS en su calidad de Secretario General del PCUS. La llamada “Guerra Fría” había cerrado pocos meses antes uno de sus más dramáticos episodios: la Guerra de Vietnam. El conservador Giscard d’Estaing presidía la República francesa, y el socialdemócrata Helmut Schmidt era canciller de la República Federal alemana. Harold Wilson, laborista, era Primer Ministro del Reino Unido, y en Italia, donde gobernaba la Democracia Cristiana, el jefe del gobierno, Aldo Moro, sería asesinado por las Brigadas Rojas el 9 de mayo de 1978. El socialdemócrata Olof Palme, Primer Ministro de Suecia, también moriría asesinado el 28 de febrero de 1986, por motivaciones aún no esclarecidas. Antonio María Montini era Papa de Roma.

A principios del otoño de 1975 la única dictadura vigente al oeste del “telón de acero” era la del anciano Francisco Franco. Carlos Arias Navarro presidía el gobierno y el príncipe Juan Carlos era el sucesor designado por el régimen a la Jefatura del Estado. El alcalde de Quart de Poblet era Fernando Chiner Juan, que según la historiadora Patricia Gascó era ”mucho más próximo al Movimiento” y sucedió a Francisco Hueso Ferrandis con el apoyo del Gobernador Civil de Valencia, Enrique Oltra Moltó, alineado con las posturas más inmovilistas del régimen franquista. 



En 1975 la inmigración procedente de Andalucía y La Mancha generaba en Quart de Poblet, al igual que en su entorno, un porcentaje de incremento demográfico de casi tres dígitos. En 1960 se censaron 10.571 habitantes y en 1970, con un incremento del 94%, 20.529. El conjunto de España había censado en 1970, con un incremento inferior al 10% con respecto a 1960, poco más de 34 millones de habitantes. En la España de 1975 los coches más populares eran los Renault 5, Seat 127, Citröen Dyane 6, Austin Victoria o Simca 1200. La OPEP, azuzando la gran crisis del petróleo, acordaba un aumento del diez por ciento del precio del crudo. La población activa española en 1974, según publicaba el INE, era de 13.132.000 personas, y 2.483.000 eran consideradas analfabetas. 



El Quart de Poblet de 1975 era con una población similar a la actual un espacio muy distinto en el paisaje, el urbanismo y en las relaciones sociales que se establecían. Los nacidos antes de la década de los 70 somos testigos de las notables diferencias con el presente: las dramáticas carencias en infraestructuras y servicios pueden considerarse, pese a todo lo que provocaban, males menores en comparación con la ausencia de derechos sociales y libertades políticas fundamentales. 

El sábado 27 de septiembre de 1975, cinco personas, procesadas y condenadas por la justicia militar a la pena capital, eran fusiladas de la misma manera que muchos otras miles lo habían sido después de la victoria franquista en la Guerra de España. Ni la campaña internacional,  que Olof Palme en persona secundó, ni la intercesión del Papa Pablo VI, impidieron que el régimen franquista se manifestara en su inevitable final político con la violencia institucional que tanto le caracterizó en su inicio. La eliminación del oponente político forma parte de la naturaleza de los regímenes no democráticos. 

Juan Paredes Manot fue asesinado en Sardañola (Barcelona); Ángel Otaegui Echevarría en el Penal de Burgos; Ramón García Sanz, José Luis Sánchez Bravo y José Humberto Baena Alonso en el Hoyo de Manzanares (Madrid). 

Hay abundante bibliografía sobre la tragedia sufrida la mañana del 27 de septiembre de 1975, que detallan los hechos concretos y explican el contexto histórico en el que se producen. Pero lo que por mi parte  corresponde es aportar consideraciones en relación a la memoria histórica, y en concreto para la memoria democrática propia de nuestro sistema político y de valores.
  1. En democracia y para los demócratas, el derecho a la vida y a la integridad física es inalienable. Es por tanto injustificable y condenable en cualquier caso y circunstancia la pena de muerte.
  2. El régimen franquista era sin discusión antidemocrático y contrario a derechos y libertades fundamentales. Los procedimientos instruidos por su justicia, en este caso militar, son por sí mismos ilegítimos y reprobables.
  3. Las acusaciones que se consideraron probadas, por las que fueron condenadas y fusiladas esas cinco personas, resultan irrelevantes por la ausencia de garantías procesales y jurídicas en las que se formularon.
  4. Debe considerarse el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humano, que reconoce el “recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”, para justificar el uso de la violencia como recurso político contra el régimen franquista, de la misma manera que lo merece la resistencia contra el nazismo durante la II Guerra Mundial.
  5. En sintonía con el pronunciamiento a favor del derecho a la vida expresado en punto 1, superado el conflicto y vencida la tiranía, debe procurarse una vía política que reconozca con ánimo de reconciliación tanto a las víctimas de la represión como a las que por resistencia ante aquella puedan haberse causado. 
  6. La democracia como sistema político y de valores debe por su propia naturaleza y función fomentar la concordia y convivencia de los diferentes actores e intereses que la sociedad contiene. Por eso la Ley de Amnistía de 1977 representa a mi juicio, el cierre del conflicto provocado por la sublevación del 18 de julio de 1936, superando las contradicciones que el uso de la violencia política genera, sin impedir definir responsabilidades históricas ni construir la memoria democrática que merecemos.


Pedro Gascón
Historiador.