EL COMITÉ REVOLUCIONARIO DE QUART DE POBLET (1936-1937)
Atendiendo la enseñanza de Karl Marx que afirma que “dejar el error sin refutación equivale a estimular la inmoralidad intelectual”, es obligación del historiador rebatir la interesada creencia de que la llamada “Guerra Civil” es la consecuencia natural del particular conflicto social y político español en los años 30 del siglo pasado, y que la represión franquista posterior impartió la justicia merecida por los crímenes cometidos.
No, el enfrentamiento bélico fue provocado por el golpe de estado militar contra el orden constitucional legalmente establecido, y además, debe enmarcarse en su faceta civil en el conflicto general entre la democracia y el totalitarismo del periodo de entreguerras. Y no, la represión no pretendía justicia sino más bien al contrario utilizar esta con fines políticos.
La injustificable violencia política sufrida en el segundo trimestre de 1936 en Quart de Poblet, fue en su mayor parte atribuida por la represión institucional franquista, sin presunción de inocencia ni garantías procesales, a los miembros del Comité Revolucionario que fueron en su mayoría condenados a la máxima pena.
La razón de ser de los Comités Revolucionarios, vino dada por el fracaso en buena parte de España del golpe de Estado de julio de 1936. Fracaso que fue posible gracias a la respuesta popular y a la organización de milicias armadas, que frente a la debilidad y relativa inacción gubernamental, fueron capaces de sofocar la sublevación militar y neutralizar los apoyos que la acompañaba. La fuerza de los hechos protagonizados por organizaciones obreras, pero también por grupos e individuos desorganizados, sobrepasaron el poder legalmente constituido y provocaron una situación revolucionaria en la que grupos incontrolados ejercieron la violencia política contra todo aquel que consideraban faccioso o simplemente contrario a sus intereses.
En ese contexto de ausencia o debilidad del poder institucional, cuya causa primera es el golpe de Estado, y que pudo superarse a principios de 1937, se produjo el asesinato de cuatro vecinos de Quart de Poblet Gabarda 1996): Evaristo Perdido Grande y Juan Bautista Valldecabres Rodrigo en agosto; Gerardo Paadín Estela y Crescencio Rodilla Patrocinio en noviembre de 1936 fueron víctimas de una inhumana y falsa “justicia popular”, tan anónima como injustificable, y que casi tres años después la justicia del franquismo victorioso imputó a los vencidos de la guerra. Especialmente a los miembros del Comité Revolucionario que en ese segundo semestre de 1936 protagonizó el poder local en Quart de Poblet.
El 21 de julio de 1939, ciento treinta y dos días despues de proclamarse el fin del conflicto bélico por los sublevados en julio de 1936, en el conocido como “Paredón de España”, nueve vecinos de Quart de Poblet fueron fusilados cumpliendo sentencia de la justicia militar franquista, que los condenó en un juicio rápido, y sin ninguna garantía procesal. No, no fueron asesinados por personas desconocidas, ni en un lugar oculto, ni en una disputa personal ni en el campo de batalla. Fueron asesinados en tiempo de “paz” por un Estado impuesto por la fuerza de las armas. Ángel Sanmartín Vento, José Giner Navarro, Francisco Soriano Martínez, Antonio Monzó Fita, Ramón Pla Sanz, Pascual Monzó Real, Manuel Soler Gómez y Sandalio López Giménez eran miembros del Comité Revolucionario de Quart de Poblet.
En documento contenido en el “Ramo separado de Quart de Poblet” de la Causa General se relacionan con fecha 4 de agosto de 1942 los miembros de dicho Comité, que además de los citados estuvo compuesto por José Juan Bravo (procesado), Matias Sanmartín Chacón (en paradero desconocido), Miguel Monzó Espinós, José Chaparro Espinós (encarcelado), Ángel Martínez Solaz, Manuel Navarro Fortea, Teófilo Bella Martínez (encarcelado), y Onofre Coll Ramírez (fallecido).
El Comité Revolucionario de Quart de Poblet fue la manifestación local de un fenómeno común en el ámbito del País Valenciano, y en general de la zona donde no triunfó la sublevación. Y responde a la ya citada debilidad política e institucional que se enfrenta a la sublevación. Debilidad, constitucionalmente legítima en democracia, cuyo origen puede situarse ya en las elecciones de febrero de 1936, donde la coalición del Frente Popular (Izquierda Republicana, Unión Republicana, PSOE, PCE, POUM, la UGT y la CNT) derrota a la derechista del Frente Nacional, pero es incapaz de formar un gobierno reflejo de todas las fuerzas que lo formaron a principios de 1936. La oposición del ala más izquierdista del Partido Socialista, radicalizada durante el bienio de gobierno derechista, y liderada fundamentalmente por Francisco Largo Caballero, impide la participación de la izquierda en los diferentes y debilitados gobiernos que desde finales de febrero hasta septiembre de 1936 solo integran los republicanos.
Es ese contexto de inestabilidad política se produce la sublevación militar contra el orden constitucional vigente, mientras en el PSOE y la UGT moderados y radicales dirimen sus diferencias, en ocasiones incluso de manera violenta, los anarquistas manifiestan su variada heterodoxia ideologica, o el PCE obedeciendo las consignas de Moscú abandona su radical rechazo a la socialdemocracia. Desde principios de mayo a principios de septiembre, incluso mediando el golpe de Estado se suceden en la presidencia del Consejo de Ministros los republicanos Augusto Barcía, Santiago Casares Quiroga, Diego Martínez Barrio y José Giral. Será el gobierno presidido por el socialista Francisco Largo Caballero el que integrando a su propio partido, al PCE, a ERC y al PNV el 4 de septiembre, e incluso a la CNT el 4 de noviembre, intente recuperar el poder y las formas de Estado, organice el Ejército Popular para sustituir a las milicias, y en definitiva reduzca a su mínima expresión la violencia política “revolucionaria”. Las controversias políticas e ideológicas de las diferentes fuerzas, y de la suya propia, forzarán no obstante su relevo en mayo de 1937 después de los enfrentamientos entre anarquistas y comunistas.
La irrupción del Comité Revolucionario, en Quart de Poblet y en general en la zona republicana, responde pues a la situación de caos político y vacío institucional provocado por el golpe de Estado, y no necesariamente a divergencias partidistas o ideológicas concretas aunque sin duda existieron y se manifestaron. Los miembros del Comité Revolucionario de Quart de Poblet, como en general sus homólogos en la zona republicana, eran militantes del PSOE, del PCE, la UGT, la CNT o incluso de Izquierda Republicana, y asumieron un poder político que inmersos en el conflicto armado no creyeron mantener según las formas democráticas anteriores a la sublevación, y sin excluir a los no integrantes del Frente Popular. El ejercicio de ese poder, en ausencia del establecido, se manifestara simbólicamente, como relata Coll Ferrer instalándose “en los locales del cuartel de la Guardia Civil, una vez éstos lo hubieran desalojado” y armando para la defensa local a milicianos que “percibían 10 pesetas de sueldo diario por prestar servicio a la población bajo las órdenes del Comité y el Ayuntamiento” (pag. 144). El Comité Revolucionario local convive no obstante con el gobierno municipal, que aunque según Moreno y Olmos (pag. 34) es disuelto en favor del Comité despues del 18 de julio de 1936, se recompone según su propio estudio como “Alcaldía Popular” y como tal ya se reúne en sesión extraordinaria el 30 de ese mismo mes. El alcalde republicano Salvador Vila Vilar permanece en su cargo hasta el 8 de octubre de 1936, y le sustituye primero Miguel Espinós Forriols (miembro del Comité Revolucionario) y posteriormente José Guzman Segarra. El 6 de noviembre se reorganizará el ayuntamiento y a principios de febrero del 37 se constituye cumpliendo el decreto del Gobierno el Consejo Municipal.
Es a principios de enero de 1937, como refiere Aurora Bosch (pag. 70) cuando desaparece el Comité Ejecutivo Popular de Valencia y se aplican en el ámbito del País Valenciano “los primeros decretos de disolución de los Comités locales del Frente Popular y su sustitución por los Consejos Municipales presididos por el alcalde”.
De los doce vecinos de Quart de Poblet que Gabarda (1993) relaciona como asesinados por la represión institucional franquista, ocho fueron miembros del Comité Revolucionario. El estudio de los sumarios realizado a instancias de la Comisión Municipal de Memoria Histórica en el Archivo General e Histórico de Defensa en Madrid, en absoluto demuestra que fueran los instigadores o responsables de los asesinatos cometidos durante el último cuatrimestre de 1936. El objetivo fundamental de la represión franquista, de un régimen emparentado con el nazi-fascismo, no era impartir justicia, sino eliminar al contrario político.
Es necesario recordar para comprender lo dicho que en el mundo occidental posterior a la Gran Guerra de 1914-1918 las libertades políticas no estuvieron acompañadas de avances sociales y económicos para las clases mas desfavorecidas. En el contexto de la crisis del capitalismo especulativo de 1929, y en ausencia de un estado social que amortiguara las insoportables dificultades de las clases trabajadoras, las opciones revolucionarias, incluso totalitarias, eran en ocasiones la única posibilidad factible de cambio, y el nazi-fascismo fue la reacción extrema de las clases dominantes para defender sus intereses y privilegios.
En “Historia de los Vencidos” aporto sobre los miembros del Comité Revolucionario de Quart de Poblet los siguientes datos:
AGUADO VICTORIA, Luis. Dirigente del Partido Comunista. Miembro del Comité Revolucionario. Practicante en el Sanatorio de San Onofre. En abril de 1941 se encuentra en paradero desconocido. Según se indica en Causa General fue cónsul de España en Marruecos. Incluido en Fichero de Criminalidad. Referido en el Portal “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”. En el blog http://archivosquartdepoblet.blogspot.com/2015/ los estudiosos de la historia local Javier González y Sergio López aportan datos y documentación sobre el referido.
BELLA MARTINEZ, Teófilo. Dirigente del Comité Ejecutivo y concejal del Partido Comunista de Quart de Poblet. Concejal del Partido Comunista en el Ayuntamiento desde el 11 de febrero de 1937. Miembro y Presidente del Comité Revolucionario. Referido en la Causa General. Incluido en Fichero de Criminalidad. Referido en el Portal de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”. En http://quartdepoblethistoria.blogspot.com/2017/09/derecho-de-memoria-teofilo-bella.html el autor aporta datos sobre el referido.
CHAPARRO ESPINÓS, José. Miembro de Izquierda Republicana y de la CNT. Miembro del Comité Revolucionario. Miliciano. Se integra en la columna “Pablo Iglesias” y en la División de Fuerzas Blindadas con rango de sargento. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a 20 años de prisión. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
COLL RAMÍREZ, Onofre. Miembro del Comité Revolucionario. Referido en la Causa General como fallecido. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
GINER NAVARRO, José. Militante de UGT y de JSU. Jornalero. Secretario del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 30 años. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
JUAN BRAVO, José. Comunista. Presidente del Comité Revolucionario. Referido en Causa General. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a 12 años de prisión. Encarcelado de la Prisión de Nuestra Señora del Puig. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
LÓPEZ JIMÉNEZ, Sandalio. Miembro de Izquierda Republicana. Industrial. Secretario del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 38 años. Incluido en Fichero de Criminalidad. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
MARTÍNEZ SOLER, Ángel. Miembro del Comité Revolucionario. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
MONZÓ ESPINÓS, Miguel. Miembro del Comité Revolucionario. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
MONZÓ FITA, Antonio. Industrial. Miembro del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 35 años. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
MONZÓ REAL, Pascual. Socialista. Albañil. Vocal de la Agrupación Local del PSOE en 1923. Presidente del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 58 años. Incluido en Fichero de Criminalidad. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”. Tiene referencia en el Diccionario Biográfico del Socialismo Español de la Fundación Pablo Iglesias.
NAVARRO FORTEA, Manuel (“Nelo Arena”). Afiliado a UGT desde 1924 y a la CNT en 1930. Miembro del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a 20 años de prisión. Recluido en Prisión de San Miguel de los Reyes. Considerado sospechoso en Causa General. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
PLA SANZ, Ramón. Jornalero. Presidente del Comité Revolucionario. Miembro de Izquierda Republicana y de la CNT. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 52 años. Estaba casado. Incluido en Fichero de Criminalidad. Consta en el registro del Ministerio de Cultura de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”.
SANMARTIN CHACÓN, Matías (“Parentet”). Según publicó “EL POPULAR” (17/06/1932) representó a la delegación de JJ.SS de Quart de Poblet en la constitución de la Federación provincial de Juventudes Socialistas de Valencia. Miembro del Comité Revolucionario. Concejal del Ayuntamiento desde el 11 de febrero de 1937. Acusado en Causa General.
SANMARTÍN VENTO, Ángel (“El moro”). Militante de la CNT. Albañil. Miembro del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939, con 52 años. Incluido en Fichero de Criminalidad. Considerado sospechoso en Causa General.
SOLER GÓMEZ, Manuel. Socialista. Azulejero. Presidente del Comité Revolucionario. Miliciano. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 43 años. Consta en Fichero de Criminalidad. Tiene referencia en Portal de “Víctimas de la Guerra Civil y Represaliados del Franquismo”. Tiene referencia en el Diccionario Biográfico del Socialismo Español de la Fundación Pablo Iglesias.
SORIANO MARTÍNEZ, Francisco. Miembro de UGT. Albañil. Miembro del Comité Revolucionario. Juzgado por la jurisdicción militar y condenado a muerte. Fusilado en Paterna el 21 de julio de 1939 con 52 años.
BIBLIOGRAFÍA
-BOSCH SÁNCHEZ, Aurora: “Ugetistas y libertarios. Guerra civil y Revolución en el País Valenciano, 1936-1939”. Institución Alfons el Magnànim (1983).
-COLL FERRER, Vicente: “Geografía, origen e historia de la muy leal y heroica villa de Quart de Poblet. Ajuntament de Quart de Poblet (1987).
-GABARDA CEBELLÁN, Vicent: “Els afusellaments al País Valencià 1938-1956”. Edicions Alfons el Magnànim (1993).
-GABARDA CEBELLÁN, Vicent. “La represión en la retaguardia republicana. País Valenciano, 1936-1939”. Edicions Alfons el Magnànim (1996).
-GASCÓN SANMARTÍN, Pedro: “Historia de los vencidos. Quart de Poblet 1918-1942”. Ajuntament de Quart de Poblet (2012 y 2018).
-MORENO, Andrea y OLMOS PAU: “Quart de Poblet. Un poble de la rereguarda 1936-1939”. Ajuntament de Quart de Poblet (2015)
Pedro Gascón.
Historiador.