23 febrero 2014

DONES DE QUART (8 març 2014)

María Ros y Carmen Sanmartín (1958)



Cuenta Coll Ferrer que durante la II República “la sociedad que formaban los ciudadanos de la Derecha era muy cerrada; las jóvenes estaban muy vigiladas y muy coartadas en sus manifestaciones, no había espontaneidad y vivían ocultando siempre sus deseos; no se expansionaban ni podían expresarse con libertad, como lo hacían las muchachas del sector republicano”. Añade no obstante Coll Ferrer que esas jóvenes “al salir del templo el domingo por la tarde (…), a escondidas y guardándose en el pecho el crucifijo que llevaban colgando al exterior para manifestar y hacer ostentación del campo en el que militaban, subían al Centro Izquierda Republicana para bailar con los jóvenes”. 

Es evidente que el marco de libertades instaurado por la II República no obligaba a bailar; simplemente a poder hacerlo si así se deseaba. Pero parece también que son los convencimientos propios los que determinan el ejercicio de las libertades, y no sólo el marco legal en el que pueden ejercerse.

La democracia es un bien escaso en la Historia, y por eso la ausencia de libertades ha constituido históricamente la “tradición”, y todo el peso social que supone. La falta de igualdad entre géneros es sin duda una de las “tradiciones” más evidentes, y al mismo tiempo una de las más invisibles. 

A principios del siglo XX, en Quart de Poblet había poco más de una docena de empresas; entre ellas la llamada “Fábrica de la Seda”, situada en en la calle de la Vega, que generalmente ocupaba mujeres solteras. 
Según testimonio de Carmen Sanmartín (1928), que hasta contraer matrimonio a finales de los años 50 trabajó durante 14 años en la “fábrica de la seda”, cuando el dueño cedió por jubilación a su hijo la empresa, ésta se trasladó a la nave de la calle Marqués de Solferit. El encargado de la empresa que también era un hombre, en más de una ocasión, según recuerda la citada, reprimía las risas de las mujeres, que aunque cansadas, o ateridas por el frío, no perdían las alegrías propias de la juventud.

Pero según Cento Sancho “el quefers de les dones” eran en esos tiempos “les faenes de casa”, mientras que para los hombres era el trabajo asalariado o por cuenta propia. No se trataba de una simple división del trabajo entre sexos; era también un estado de dependencia para la mujer, que sin ingresos directos veía limitadas sus posibilidades individuales. 

La II República reconoció en su Constitución el derecho al voto de las mujeres, instaurando el verdadero sufragio universal, por primera vez reconocido en Australia (1902). Sin tradición democrática, sin el desarrollo político derivado del liberalismo triunfante en la llamada Primera Guerra Mundial, sin haberse producido una incorporación evidente de la mujer al trabajo asalariado, la España de 1931 legisló en favor de la igualdad, o al menos en contra de la discriminación legal, social y económica de la mujer. 
Eso lo veremos en una próxima entrega.